Elaborar normas y códigos de prácticas de carácter mundial aplicables a las frutas y hortalizas frescas;
celebrar consultas con el Grupo de Trabajo sobre Normas de calidad agrícolas de la CEPE, con miras a elaborar normas y códigos de prácticas de aplicación mundial, evitando toda duplicación de normas o códigos de prácticas y velando por que se adapten al mismo formato amplio;
celebrar consultas, según convenga, con otras organizaciones internacionales que se ocupan de la normalización de frutas y hortalizas frescas.
El Grupo de Trabajo de la CEPE sobre Normas de calidad agrícolas de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa:
1. puede recomendar que se elabore una norma mundial del Codex para frutas y hortalizas frescas y presentar su recomendación, bien al Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Frescas para que la examine o bien a la Comisión para que la apruebe;
2. puede preparar "anteproyectos de normas" para frutas y hortalizas frescas, a petición del Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Frescas o de la Comisión , para que la Secretaría del Codex los distribuya en el Trámite 3 del Procedimiento del Codex, y para futuras acciones que pueda emprender el Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Frescas;
3. puede examinar, si así lo desea, los "anteproyectos de normas" y "proyectos de normas" para frutas y hortalizas frescas y remitir las observaciones sobre los mismos al Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Frescas en los trámites 3 y 6 del Procedimiento del Codex; y
4. puede realizar labores específicas en relación con la elaboración de normas para frutas y hortalizas frescas a petición del Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Frescas.
Los "anteproyectos de normas" y "proyectos de normas" del Codex para frutas y hortalizas frescas, en los trámites 3 y 6 del Procedimiento del Codex, deberán remitirse a la Secretaría de la CEPE para recabar observaciones. |